viernes, 11 de mayo de 2012

Neuquén es ciudad libre de pirotecnia


NEUQUÉN (AN).- La pirotecnia está prohibida en la ciudad de Neuquén.
Con 14 votos de los concejales de la oposición el Concejo Deliberante aprobó ayer el proyecto de ordenanza presentado por la edil de Une Teresa Rioseco, que determina además multas de entre 2.000 a 20.000 pesos para quienes comercialicen, usen, manipulen, guarden en depósitos o trasladen elementos de pirotecnia en el ejido de la ciudad.
Con la sanción de esta norma se puso fin a un debate que se venía dando en el Concejo Deliberante desde el 2001 y que en todas las oportunidades los intentos por sancionar ordenanzas que prohíban la pirotecnia, pasaron a archivo.
El caso más reciente se dio en el 2007 cuando el concejal del PJ Darío Martínez presentó un proyecto de similares características que finalmente no obtuvo los votos necesarios para su tratamiento y pasó a archivo.
En esta oportunidad, obtuvo el voto de los 14 concejales de la oposición. Los ediles oficialistas votaron en contra, manifestando que es una norma "de imposible cumplimiento y que caerá por su propio peso.
"El municipio no tiene capacidad operativa para controlar cada una de las cañitas voladoras que caigan un 24 de diciembre a la noche y ver desde donde las lanzaron para ir a multar", consideró el concejal de NCN, Leandro López.
Qué se prohíbe
La ordenanza prohíbe la comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia.
Además determina que el Ejecutivo deberá instrumentar controles estrictos en toda la ciudad para el cumplimiento de esta nueva norma y deberá realizar campañas de concientización sobre los peligros que conlleva el uso de pirotecnia.
De la prohibición quedan exceptuadas las instituciones privadas y públicas que realicen "celebraciones de interés general, con previa autorización del municipio y del Renar y bajo la condición de ser manipulada por personal especializado".
Un proyecto adjunto al de prohibición de la pirotecnia que también fue aprobado por los 14 concejales de la oposición incorpora el artículo 234 bis al Código de Faltas Municipal, que determina sanciones para quienes violen la ordenanza.
"La comercialización, tenencia, uso, manipulación, depósito, circulación y transporte de elementos de pirotecnia será sancionadas con multas de 200 a 2.000 módulos, a la que deberá sumarse el decomiso de la mercadería y en su caso la clausura del local por 30 días. Esta multa no admite pago voluntario", dice el nuevo artículo incorporado.
Cada módulo tiene un valor de diez pesos, por lo que las sanciones van desde los 2.000 pesos hasta los 20.000 pesos.

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